Hola, soy Noemi Quintana
Contadora Pública
Ayudo a emprendedores y profesionales independientes a formalizar su emprendimiento a través de la asesoría contable, liquidación de impuestos y asesoría administrativa.
Antes de empezar
Quiero explicarte que para el calculo del Rango de ingreso al IRP se tiene en cuenta tus
INGRESOS BRUTOS
¿Qué quiere decir eso?...En el caso que seas empleado DEPENDIENTE tu ingreso Bruto lo determinas sumando todos tu ingresos (salario, gratificaciones, tarjetas de almuerzo, etc) y restando tus aportes al IPS y tus aportes al régimen de jubilaciones y pensiones. (Ley 6380|2019-Articulo 63)
Si sos un profesional INDEPENDIENTE para el calculo del ingreso no se tiene en cuenta el monto del iva, solo se considera el monto exonerado.
Para que tengas en cuenta, toda persona física quedará obligada a inscribirse como contribuyente del IRP una vez que el total de sus ingresos brutos, computados desde el 1 de enero, sea superior a G. 80.000.000 (ochenta millones de guaraníes). Articulo 62- Ley 6389-2019